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13/02/2017
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CHQ vs Interpol

Trata sobre el registro en los archivos de Interpol de decisiones de otros Estados que provocan la conclusión de requerimientos de detención y captura internacional.

En setiembre de 2011 CHQ fue detenido en el Aeropuerto Jorge Chávez, en el Perú, por una orden de captura internacional emitida por la Corte del Distrito de Columbia, Estados Unidos de Norteamérica.  La orden se había originado en un proceso por la sustracción de su menor hijo, en el marco de una disputa familiar sobre la tenencia asociada a su divorcio.  CHQ fue puesto en libertad al día siguiente, pero bajo arresto domiciliario y restricciones que le impedían salir del Perú.  En noviembre de 2011 un Juzgado Penal en el Callao levantó las medidas, dado que el gobierno norteamericano no formalizó el proceso de extradición en el plazo fijado por el tratado suscrito por ambos países.

Días después el gobierno norteamericano, vía nota diplomática, confirmó a las autoridades nacionales que no solicitaría la extradición de CHQ.  En agosto de 2012, la Oficina de Interpol en Lima confirmó a las autoridades judiciales que bajo estas condiciones la orden de captura internacional no era ejecutable en el Perú.  Sin embargo estas declaraciones no fueron registradas en la base de datos de Interpol, motivo por el cual, entre junio de 2012 y junio de 2013, CHQ fue retenido reiteradas veces por la policía en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez para establecer su situación.

En mayo de 2013, después de una última retención, CHQ demandó protección constitucional ante el judicial (hábeas corpus) contra la Oficina Lima de Interpol y la División de Requisitorias de la Policía Nacional del Perú (PNP).  En su demanda solicitó que Interpol Lima registre la inaplicabilidad en el Perú de la orden orden de captura internacional emitida en los Estados Unidos y demandó que División de Requisitorias se abstuviera de retenerlo en el aeropuerto cada vez que intentara viajar fuera del país.

En agosto de 2013, el Juzgado del Callao a cargo del caso declaró fundada la demanda y ordenó que la Oficina Lima de Interpol y la División de Requisitorias de la PNP habilitaran un registro para estos fines.

Entre setiembre y octubre de 2013 las entidades requeridas reportaron al Juzgado el cumplimiento del mandato, no volviendo a presentarse incidentes de retención contra CHQ en el Perú.

En noviembre de 2013 la sentencia de primera instancia fue confirmada por la Sala de Apelaciones y el caso quedó cerrado definitivamente.