La firma es miembro de la Alianza Pro bono y presta servicios de defensa gratuita y consulta bajo las reglas de la Alianza.

Los servicios Pro Bono de los que nos hacemos cargo no comprenden el ejercicio de la defensa de personas investigadas o acusadas por violaciones a los derechos humanos, narcotráfico o pertenencia a organizaciones criminales violentas.

Dedicamos una cantidad significativa de horas a casos de personas en situación de vulnerabilidad, con el fin de ayudar a cerrar la brecha de acceso a la justicia que existe en nuestro país cumpliendo así con nuestro compromiso como miembro de la Alianza Pro bono.

Algunas sumillas que resumen brevemente nuestra intervención pueden encontrarse a continuación.

Caso E.Y. – Falsedad documental

En enero del 2012, la señora E.Y. (pensionista y en aquel entonces de 72 años) descubrió que alguien había usado su nombre para celebrar, simulando su identidad y su firma, un contrato para contar con servicios de internet, de modo que éste se prestase en un domicilio que no era el suyo y ella asumiera los pagos respectivos. Decidió denunciar los hechos ante el Ministerio Público con el principal interés de obtener un documento que acredite que la firma no era la suya.  El estudio tomó el caso en la etapa de investigación fiscal y finalmente logró que se emitiese la pericia que la Sra. E.Y. necesitaba.

La Fiscalía formuló acusación en julio de este año contra las presuntas autoras de la falsificación y la Sra. E.Y. tiene la pericia que acredita que la firma del contrato que se le atribuye es falsa.

Caso J.A. – Robo

El 10 de agosto de 2015, agentes policiales vestidos de civil arrestaron a J.A., de 18 años de edad, sindicándolo ante la Fiscalía como el autor de tres robos cometidos en el distrito de Chorrillos.  El Ministerio Público solicitó la prisión preventiva en su contra -la cual fue concedida- y, en su momento, que fuese condenado a una pena privativa de libertad de 29 años. La firma empezó a intervenir en el caso cuando el juicio oral se iniciaba, y logró demostrar en éste que los policías habían realizado afirmaciones falsas en el atestado dolosamente, que la Fiscalía no contaba con testigos que hubiesen reconocido a J.A. de manera clara y pudiesen afirmar su participación en los hechos sin vacilar y que los propios policías no tenían una versión sólida acerca de las condiciones en las que lo habían detenido.

La Sala absolvió a J.A. el 31 de mayo del 2017 y la sentencia fue declarada consentida poco tiempo después.

Si usted desea proponer un caso bajo las reglas de la Alianza Pro Bono por favor llene el formulario siguiente.  Su caso entrará en evaluación.  Le escribiremos el resultado de su aplicación.

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Al enviar una solicitud quien la suscribe acepta que compartamos su información con las instancias de la alianza Pro Bono sin que ello importe una violación a las reglas del secreto profesional.

La sola presentación de una solicitud no constituye una relación cliente-abogado entre la firma y el solicitante, no genera ningún impedimento para actividades posteriores de la firma. Los servicios Pro Bono pueden ser interrumpidos en cualquier momento por la firma sin más obligación que comunicarlo por escrito al beneficiario y reportarlo a la alianza Pro Bono. Los servicios Pro Bono no cubren gastos no relacionados específicamente a los servicios que presta, como tasas, multas, costas, gastos, indemnizaciones o servicios periciales o sicológicos.

La firma se reserva el derecho a mantener en privado las consideraciones que pueden explicar el rechazo de una solicitud, la no atención de un caso o la interrupción de sus servicios, pero advierte que tiene capacidad limitada de atención de casos y que el rechazo de una solicitud o incluso la interrupción del servicio pueden ocurrir por razones vinculadas a un exceso en la demanda de servicios que la firma no pueda cubrir.