LWT vs JWP
19/05/2017
Palma Moreno
19/05/2017

Megaplaza Huaráz

Referido a las condiciones en que se aprobó un proyecto para el desarrollo de un centro recreativo y comercial en la provincia de Huaraz promovido por iniciativa privada

En setiembre de 2012, Inmuebles Panamericana S.A. presentó ante la Municipalidad Provincial de Huaraz una iniciativa privada denominada “Centro Recreativo Comercial Huaraz”.  La iniciativa suponía la construcción de un centro comercial y un área de recreación pública en Quinuacocha (Sector Patay Bajo, Distrito de Independencia).

En noviembre de 2012, la Municipalidad Provincial de Huaraz declaró su interés en la iniciativa e inicio el proceso de concurso.  Dentro del plazo establecido por la ley, el Consorcio Centros Educativos del Perú presentó un proyecto alternativo, que sin embargo fue descalificado por no haber presentado una carta fianza en respaldo a la propuesta.

La propuesta de Inmuebles Panamericana fue aprobada por adjudicación directa en abril de 2013.  El contrato, firmado por Inmobiliaria Colomera SAC, una empresa constituida por el autor de la iniciativa, concedía al titular el derecho de superficie sobre el predio en que se edificaría el proyecto. Este fue registrado en la partida Nº 11070914 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Huaraz.

En abril de 2015, la Asociación de Defensa, Recuperación y Construcción del Complejo Recreacional Regional de Ancash – ADECOFERIA solicitó a la Fiscalía investigar las condiciones en que se aprobó el proyecto.  La denuncia sostuvo que la iniciativa privada habría infringido los límites impuestos por la Municipalidad para el uso de la zona en que se edificaría el proyecto, que estimaba intangible e inalienable.

En junio de 2015, la Fiscalía inició las investigaciones.  Durante su desarrollo se confirmó que la cuestión sobre los límites de uso de la zona estaba atravesada por un complejo debate sobre competencias que había generado reglas contradictorias.  La Fiscalía reconoció que la discusión sobre la norma aplicable para determinar los límites de uso del área no podía justificar una investigación penal y desestimó el caso en enero de 2016.